Personas morales y Personas físicas
Para fines fiscales, es necesario definir si un contribuyente realizará
sus actividades económicas como persona física o como persona moral.
Cada caso, determina requisitos y obligaciones diferentes, así como un
trato fiscal distinto. Empecemos por conocer a qué se refiere cada
concepto:
- Personas fisicas:
Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor,
comerciante, empleado, etc.), tiene obligaciones que cumplir y
derechos.
Los régimenes en se que clasifican las Personas Físicas de acuerdo a sus actividades e ingresos son:
- Salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado
- Actividades Empresariales y Profesionales
- Régimen de Incorporación Fiscal
- Arrendamiento y en general por el uso o goce temporal de bienes inmuebles
- Enajenación de Bienes,
- Adquisición de Bienes
- Intereses
- Obtención de Premios
- Dividendos y en general por las ganancias distribuidas por Personas Morales
- Y de los Demás ingresos
Como emprendedor es importante conocer los detalles sobre la
actividad que planeas realizar y contar con una estimación lo más
cercana a la realidad de los ingresos que puedas tener en un mes y en un
año, a fin de ayudarte a ubicar el régimen fiscal que te corresponda.
Los régimenes fiscales que puedes elguir de acuerdo con las actividads empresariales que llevarás a cabo son:
- Régimen de Incorporación Fiscal: Pueden inscribirse aquellas personas físicas que realicen una actividad comercial o presten algún servicio por los que no requieran título profesional, siempre que sus ingresos anuales no excedan los dos millones de pesos.
- Actividad empresarial: pueden tributar aquellas personas físicas que obtienen ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, etc.), industriales (minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción, etc.).
- Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (sector primario): Pagarán sus impuestos en este régimen las personas físicas y morales, siempre que sus ingresos por dichas actividades representen cuando menos 90% de sus ingresos totales.
- Peronas morales:
En la constitución de persona moral, cada integrante tiene la capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones.
Se le llama “moral” porque no es una entidad física que pueda ser captada con los sentidos. Es decir, una persona moral es una entidad jurídica e intelectual. Sin embargo, genera similares obligaciones o compromisos que una persona física ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Características que constituyen a una persona moral:
- Domicilio
- Nombre (Razón Social)
- Patrimonio
- Régimen general
- Régimen con fines no lucrativos.
En cuanto al régimen con fines no lucrativos, tal como su nombre lo dice, son para personas morales que realizan actividades sin recibir algún tipo de remuneración económica por ello. Ejemplo, Asociaciones y Sociedades Civiles o Fundaciones.
Las diferencecias entre una persona física es que el individuo es miembro de una comunidad, con derechos y obligaciones,
determinados por un ordenamiento jurídico y la
persona moral es un conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin
colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o
corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física),
sin embargo la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y
obligaciones.
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